Gerente, jefe, supervisor. Cuales están fuera de convenio y como deben ser los aumentos. Relación con inflación.

Hay convenios colectivos de trabajo que incluyen personal que realiza tareas jerárquicas. Lo primero que hay que analizar es que función realmente cumple el trabajador y luego determinar si la empresa tiene un convenio aplicable y de ser así si la categoría del trabajador esta comprendida en el mismo.

Si la categoría que figura en el recibo no refleja la realidad siempre hay posibilidad de reclamo. Por ejemplo: a un encargado le cambian la categoría en el recibo a “jefe junior” pero sigue haciendo la misma tareas y con las mismas responsabilidades.

La categoría, fecha de ingreso, lugar de trabajo y horarios son condiciones esenciales del contrato de trabajo que no deben ser modificadas unilateralmente por el empleador si no tiene una necesidad funcional, y aunque esta necesidad exista no puede realizar el cambio si le ocasiona al trabajador un perjuicio de entidad suficiente.

Muchas veces un ascenso “fraudulento” en realidad oculta un congelamiento de los salarios. Existe jurisprudencia laboral que avala que a los trabajadores fuera de convenio se les apliquen al menos los mismos porcentajes de aumentos que a los convencionados.

Luego, una vez realizado este análisis surgen distintas posibilidades de reclamar que se actualicen los salarios. Debe tenerse en cuenta que a los trabajadores que les corresponde estar dentro del convenio le corresponden como mínimo los aumentos obtenidos por el sindicato.

Uno de los ilegales motivos por los cuales a un trabajador no se le aplica el convenio colectivo de trabajo es para intentar no pagar los incrementos salariales establecidos entre el sindicato y la cámara empresaria y homologados por el ministerio de trabajo. Estos aumentos le corresponden a quienes trabajan en una empresa representada por la cámara empresaria y cuya categoría esta comprendida en el mismo. Si la empresa lo intenta excluir del convenio colectivo aplicable el trabajador puede reclamar su inclusión y las diferencias salariales por los dos años anteriores al inicio del reclamo.

Si Ud. considera que su situación es irregular puede dejar sus comentarios o comunicarse por mensaje privado de linkedin (fernando raul perez) o al whatsapp 11 2 286 2868. Fernando Raul Perez. Estudio Kajt Vautier y Asociados. www.fueradeconvenio.com.ar. Agradecemos su recomendación y quedamos a disposición para una consulta sin cargo ni compromiso.

Comparta este post

Abrir chat
¿Necesita ayuda?
Estamos en línea por Whatsapp.
¿En qué podemos ayudarle?